La Comisión de Gobierno retomó el análisis de la norma que fue detallada por el director nacional del Servicio Nacional de Migraciones. A la fecha, se han escuchado las visiones del director del INDH y de la directora jurídica del Servicio Jesuita a Migrantes.
La Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, presidida por la senadora Danisa Astudillo, escuchó al director nacional del Servicio Nacional de Migraciones, Frank Sauerbaum, quien presentó el proyecto que modifica la ley N°21.325, de migración y extranjería, para tipificar el delito de ingreso clandestino al territorio nacional.
Cabe recordar que el proyecto, que cumple su segundo trámite, introduce formalmente el delito de ingreso clandestino al territorio nacional y establece reglas procesales especiales que se aplicarán para perseguir penalmente este acto.
La instancia especializada acordó escuchar a los actores involucrados y tras ello someter a votación en general.
Sin embargo, ya se presentaron las primeras dudas sobre la materia. Al respecto, la presidenta de la Comisión insistió en cómo se resolverán, con este proyecto, los problemas de reconducción, principalmente con Bolivia y Perú, y cómo se enfrentará la capacidad de retener a personas privadas de libertad.
El senador Renzo Trizotti consultó sobre la coordinación entre distintos proyectos sobre migración, para asegurar que sean sistematizados y no contradictorios.
En tanto, el senador Arturo Longton insistió en que el proyecto prioriza la reconducción, teniendo un efecto “disuasivo”.
Un tema importante abordado durante esa sesión fue la situación de menores de edad.
Sauerbaum solicitó “ayuda muy sentida, porque tenemos una situación tremenda” y expuso que hay adultos que ingresan con menores que no tienen relación de parentesco y “están siendo utilizados como escudo”.
Agregó que existen sospechas de que, incluso, pudiera “existir tráfico de niños” y, adelantó, que están trabajando para revertir esto. Es más, señaló situaciones “que a nosotros nos hace tiritar, algunos han mencionado el tráfico de órganos como una posibilidad”.
Adicionalmente, manifestó que también se debe abordar la situación de los niños que llevan en el país 10 años y como adultos se convierten en irregulares.
Otra materia tratada fue el ingreso como refugiados, sin serlo, lo que también sería abordado.
AUDIENCIAS
También se escuchó al director ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias, Juan Pablo Ramaciotti. Entre los puntos resaltados estuvieron la priorización de quienes cometen delito y las capacidades del Estado para la persecución del delito. Todo esto, aseveró, para asegurar la “eficacia de la medida”.
En una siguiente sesión se conoció la visión del director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Yerko Ljubetic y de la directora jurídica del Servicio Jesuita a Migrantes, Gabriela Hilliger.
En general coincidieron en materias referidas a cómo este proyecto está en línea con acuerdos, tratados y convenios internacionales ratificados por Chile. El INDH hizo presente su “posición crítica al respecto”.
También se relevó la eficacia de la persecución punitiva. Recordaron la legislación comparada, en donde estas acciones no han tenido grandes efectos, se reconoció.
Asimismo, se instó a revisar los impactos en el sistema judicial y de privacidad de libertad, de avanzar el proyecto de ley.
Adicionalmente, se recordó que el proyecto, “tal como está su redacción tiene problemas de constitucionalidad, lo que podría terminar con requerimientos de constitucionalidad”.
La Comisión de Gobierno acordó enviar sendos oficios para: conocer recursos judiciales que ha interpuesto el INDH, en favor de extranjeros y chilenos y el derecho que se pretende proteger; además, se solicitará información para conocer estadísticas reales de migración y delincuencia / migrante regular e irregular.
Las audiencias continuarán durante la sesión del día lunes 20 de abril.
ALGUNAS CLAVES DEL PROYECTO
El proyecto introduce formalmente el delito de ingreso clandestino al territorio nacional y establece las reglas procesales especiales que se aplicarán para perseguir penalmente este acto.
Creación del delito y pena base: Se castiga el ingreso clandestino con presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y una multa de 5 a 10 UTM.
Figuras agravadas: la pena aumenta (541 días a 5 años) si la persona ingresa teniendo una prohibición de ingreso vigente, o si lo hace falsificando documentos u ocultando información.
Expulsión como pena: se establece la expulsión del país como una pena accesoria, de la cual se debe cumplir obligatoriamente una vez que se termine de pagar la multa o cumplir con pena de cárcel.
Excepciones (a quiénes no comenten el delito): no se aplicará a menores de edad (ni a sus padres o cuidadores), ni a refugiados que provengan directamente de lugares donde su vida o libertad corran peligro.
SENADO












