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OTEC que ejecuten cursos Sence de seguridad, deben estar autorizados por la Subsecretaría de Prevención del Delito

Para que un organismo pueda impartir capacitaciones en materias de seguridad privada no basta con la acreditación general ante SENCE, conforme a la Resolución Exenta N° 3562, de 29 de noviembre de 2024, siendo obligatorio contar, además, con una autorización expresa otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito.

Con la entrada en vigor de la Ley N° 21.659, sobre Seguridad Privada, la capacitación en materias de seguridad privada pasó a ser considerada una actividad regulada, directamente vinculada al resguardo del orden y la seguridad pública. 

De este modo, la capacitación no es sólo una exigencia administrativa. También se considera parte de las actividades de seguridad privada reguladas por la ley.  Su establecimiento, contenido y requisitos quedan sujetos a reglamentación por la autoridad competente (Subsecretaría de Prevención del Delito y, en su caso, Carabineros de Chile como autoridad fiscalizadora), por lo tanto:

En términos concretos, a contar del 28 de noviembre de 2025, sólo pueden impartir capacitación en seguridad privada aquellos organismos vigentes en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación y que, adicionalmente, cuenten con autorización vigente de la Subsecretaría de Prevención del Delito.   

Los programas, planes de estudio, modalidades, duración de los cursos y procedimientos de evaluación, deberán encontrarse previamente aprobados por dicha Subsecretaría, mientras que los cursos de capacitación finalizarán con un examen ante Carabineros de Chile.

De esta manera, para que las solicitudes de cursos puedan ser autorizadas y ejecutadas con recursos provenientes del FONCAP o de la Franquicia Tributaria, deberán contar previamente con la correspondiente autorización, otorgada a nombre del organismo ejecutor.

Actualice sus antecedentes en el registro Unificado

SENCE hace un llamado a los Organismos Técnicos de Capacitación que impartan capacitación en materias de seguridad privada a mantener actualizados sus antecedentes en el Registro Unificado de Organismos (RUDO). https://sence.gob.cl/organismos/otec

  • Ingrese a https://sistemas.sence.cl/rudo
  • Adjunte, en la pestaña “Actualización OTEC / Requisitos Adicionales”, la autorización vigente otorgada por la Subsecretaría de Prevención del Delito y la información de los cursos que se encuentren debidamente autorizados por dicha Subsecretaría para su ejecución, todo ello en un solo archivo, incorporando además los estatutos del organismo o su respectiva actualización, según corresponda.

Al momento de solicitar la autorización de cursos financiados mediante la Franquicia Tributaria, el cumplimiento de la normativa vigente será verificado sobre la base de la información registrada en el sistema RUDO.

Esto con el objeto de asegurar su conformidad con la normativa vigente y evitar observaciones u objeciones en los procesos correspondientes, antes de presentar solicitudes de autorización o ejecutar cursos en materias de seguridad privada, se solicita revisar y verificar previamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley N° 21.659 sobre Seguridad Privada, su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 209, de 2024, del Ministerio de Seguridad Pública, así como en la normativa SENCE aplicable, conforme a la Resolución Exenta N° 3562.

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